LA HORA DE TREVIJANO: (V) NECESIDAD DE LA DEMOCRACIA EN EUROPA

Publicado el 12 de diciembre de 2021, 21:14

Una reflexión actual sobre la democracia debe tratar del discurso histórico y teórico de la democracia política como forma de gobierno, o sea, de la democracia en el Estado, de la democracia institucional, vertical, formal, de la democracia constitucional como regla de juego, de la democracia burguesa, como la llaman despectivamente los que la identifican, por ignorancia, error o mala fe, con el régimen parlamentario o el de partidos. Porque una cosa es la democracia política, que para ser tal ha de ser necesariamente instítucional, y otra bien distinta, la política democrática, que solamente puede tener un carácter gubernamental.

En la distinción entre democracia política y política democrática tenemos la clave metódica para comprender la evidencia de que gobiernos democráticos, como el de Estados Unidos, puedan hacer políticas socialmente antidemocráticas o discriminatorias, y que gobiernos antidemocráticos, como las dictaduras comunistas, puedan realizar políticas socialmente democráticas o igualitarias. La democracia política no garantiza la democracia social.
Lo que nos interesa saber ahora son las condiciones formales, los caracteres legales que ha de reunir un gobierno para que pueda ser llamado, con propiedad, gobierno democrático; y no el sentido democrático o antidemocrático, el grado más o menos democrático que puedan tener las políticas concretas que practique.
La segunda advertencia se refiere a la falsa distinción entre democracia
empírica o descriptiva y democracia ideal o normativa. Esta costumbre
se inició con la guerra fría para poder llamar democracia (empírica) a
todo sistema político que, no siendo dictadura, reconociera formalmente
los valores de la libertad y de los derechos humanos, aunque los gobiernos ejercieran el poder sin posibilidad de control por los gobernados.
La distinción entre realidad e ideal permite a los defensores del realismo oligárquico legitimar a lo que hay, según ellos una democracia imperfecta de partidos, en nombre de lo que debería haber, según ellos, una democracia más perfecta a la que nos iremos acercando corrigiendo -¿cuándo, por quién y cómo?- los defectos observados en la democracia descriptiva.
Si restringimos el concepto de democracia, para saber bien de lo que hablamos, a la democracia política, es decir, a las reglas normativas del juego político, a la democracia institucional como forma de gobierno, desaparece enseguida la posibilidad misma de distinción teórica entre lo empírico y lo ideal, y de diferencia práctica entre lo descriptivo y lo prescriptivo.

Tomemos como ejemplo el juego de ajedrez. Sus reglas, como las de la democracia constitucional, son constitutivas del juego. No son más o menos perfectas. Todas son indispensables. O se observan todas con sincrónico rigor o no hay posibilidad de juego.
Observemos ahora una partida de ajedrez entre un niño aficionado que está aprendiendo a jugar bien y el campeón del mundo. Desde un punto de vista empírico o descriptivo no percibimos la menor diferencia entre uno y otro en cuanto a las reglas. Cada uno respeta su turno para mover. Cada uno mueve las piezas de la misma manera. Si gana la partida el campeón no es porque haya cumplido las reglas del ajedrez y el niño no. Cada uno conoce y cumple el reglamento normativo exactamente igual. La teoría descriptiva y la teoría normativa del ajedrez es una y la misma. El campeón gana porque es más diestro en el uso de las mismas reglas; porque juega mejor con ellas; porque su juego, y no sus reglas, es más perfecto, más cercano al ideal del buen juego.

Lo mismo sucede si observamos el juego político de la democracia. Si se cumplen las reglas en la forma de gobierno, no puede haber diferencia entre la democracia descriptiva y la prescriptiva. Si existiendo reglas democráticas en la Constitución no se cumplen en la realidad, en tal caso sólo habrá apariencia o propaganda de democracia. Porque el conjunto y la disposición particular de las reglas tienen que garantizar también el cumplimiento de las mismas. Sin tal garantía no hay democracia formal. Una democracia joven no tiene reglas diferentes a las de una democracia vieja. Aunque ésta las use mejor o realice mejores jugadas con ellas. Eso no depende ya de las reglas ni de las instituciones, sino de las costumbres y de la cultura de cada pueblo.

Si designamos con la misma palabra democracia a las reglas del juego político en Estados Unidos y Europa, esas reglas tienen que ser las mismas en uno y otro continente. Si son distintas no podemos llamarlas de la misma manera. A no ser que admitamos distintas clases de democracia, distintas formas de jugar a la democracia. En cuyo caso ya no puede haber una, sino tantas teorías de la democracia como gobiernos digan jugar a ella. Si admitiéramos una pluralidad de democracias formales negaríamos la posibilidad de la democracia sin adjetivos. Aunque la democracia ha conocido dos experiencias históricas diferentes, desde que se inició en las ciudades griegas hasta que se concretó en formas modernas de control del poder en los grandes Estados, no es verdad que donde hay libertades públicas hay democracia.

Pero sí es verdad que donde existen libertades públicas todos los gobiernos pretenden legitimarse en una sola y misma cosa a la que llaman democracia. Si se convalida la misma legitimación, en formas de gobierno tan diferentes como las de Estados Unidos, Alemania, Suiza, Francia, Reino Unido, Suecia, Italia, España, Portugal, Israel, México,Argentina, Rusia o Japón, estaríamos obligados a concluir que la democracia sólo es una forma ideal de gobierno, que no existe en parte alguna, pero a la que se acercan en mayor o menor grado todos los países del mundo menos las dictaduras.

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