B) La propiedad de la tierra

Publicado el 31 de enero de 2022, 21:53

El otro aspecto fundamental para comprender la situación del campo es el de las formas de propiedad. En la comarca, al igual que en el resto de la zona denominada interior, predominaba el pequeño y mediano propietario con una microparcelación excesiva y donde “los grandes propietarios abundan, pero la actividad del sector agrícola descansa principalmente en los pequeños propietarios que cultivan fincas de reducida extensión” 61 . Junto a esto, se desarrolla ampliamente un sistema de tenencia indirecto, que se convierte en un elemento esencial: el arrendamiento. Este sistema de tenencia servía de válvula de escape de los problemas sociales del agro y de elemento de control político y económico, y permitía a amplias capas de campesinos y sus familias subsistir.

 

a) Los arrendamientos y las rentas

 

Antes de pasar al análisis de la distribución de la propiedad tenemos que introducirnos en el mundo de los arrendamientos y de las rentas, porque suponen la característica socioeconómica definitoria del mundo rural del interior de España de finales del S. XIX y primera mitad del S. XX.

Existía una gran variedad de contratos de arrendamientos, con diferencias entre provincias, e incluso comarcas, pero en líneas generales las cláusulas eran duras, lo que obligaba a obtener el máximo de productos con el menor costo posible, dejando el colono la tierra totalmente empobrecida.

Además según avance cronológicamente la II República y se produzcan cambios en el poder político las condiciones económicas se degradarán, sobre todo con la Ley de Arrendamientos Rústicos de marzo de 1935, que si bien elevaba la duración de los contratos a cuatro años, también abría la puerta al desahucio si el propietario manifestaba su deseo de cultivar directamente la tierra o si la vendía a otro propietario 62 .

Los contratos solían ser orales, de una duración cortísima, normalmente dos años, pues como ya hemos señalado la tierra se divide en dos hojas, sembrando una de cereal y la otra se deja descansar en barbecho. Ello provocaba que si el colono quería seguir con la tierra tendría que aceptar las condiciones del arrendador, entre ellas el aumento de la renta.En caso contrario, debería dejar las fincas y el propietario las arrendaría a otro colono. El pago se realizaba en la mayoría de los casos en especie, y aunque fueran viñas, se cobraba en fanegas y celemines de trigo.

Las fuentes utilizadas para analizar su importancia en la comarca de Toro han sido las entrevistas y una fuente indirecta, existente en el Archivo Histórico Provincial, la del Juzgado Especial de Revisión de Arrendamientos Rústicos de Toro 63 .

Las diferencias fundamentales en los contratos estribaban en el tipo de cultivo (aunque es ampliamente mayoritario el cereal), si éste era secano o huertas de regadío y con quién se realizaba el contrato, si era una heredad, que pasaba de padres a hijos o si era un contrato con un labrador acomodado. Como en el tipo de cultivo era abrumador el cereal, la diferencia fundamental está en con quién se había hecho el contrato, que en definitiva no es otra cosa que la duración del mismo: en las heredades eran de larga duración, de generación en generación y con los labradores y algunos propietarios eran de un año, de dos años, de cinco años los más largos.

Las rentas eran según la tradición de la localidad, o mejor dicho, según la calidad de las tierras y sus producciones. En las localidades más conocidas por sus rendimientos (Bustillo del Oro, Malva, Tagarabuena) eran más altas y en los términos municipales o zonas de los términos de peor calidad eran menores (Belver de los Montes, Fresno de la Ribera, algunos pagos de Toro). De este modo en Villalonso tenemos generalmente el pago de dos fanegas de trigo por cada fanega de tierra sembrada, en Tagarabuena dos fanegas y media por cada fanega e incluso más, en Malva más de dos fanegas y a veces tres y en Bustillo del Oro llegamos a las tres fanegas y media por fanega de tierra sembrada. Hay casos en que se llega a las cuatro fanegas de trigo por fanega como en las mejores tierras de Villavendimio 64 . Por contra, en muchos contratos de Belver de los Montes y de Vezdemarbán se estipula una fanega de renta por una de tierra sembrada o ni siquiera esta cantidad, en El Pego también, así como en Abezames (“por una fanega de terreno se pagaba una fanega de trigo” 65 ) y en algunas zonas de Toro tampoco se llegaba a esa cantidad 66 . En los términos de Morales de Toro, Belver de los Montes, Toro, Bóveda de Toro y Vezdemarbán había muchas diferencias entre unas zonas y otras como corresponde a términos extensos con gran diversidad en cuanto a la calidad entre unos pagos y otros. Por ejemplo en Morales de Toro nos encontramos con un amplio abanico desde dos fanegas y dos celemines 67 hasta media fanega por fanega sembrada 68 .

Una estrategia de los propietarios era arrendar tierras en varios términos y de varias zonas del mismo término municipal, para así compensar las tierras de peor calidad con las mejores y más productivas y recibir rentas que suponían un importante beneficio para los dueños de las mismas 69 .

Veamos algunos ejemplos que nos indican los testimonios orales. En lo que respecta a las heredades que venían de tiempo atrás, eran más baratas, e incluso algunos años no se pagaba la renta si la cosecha había sido escasa y el administrador o el propietario accedían a perdonar la renta (normalmente a cambio de alguna contrapartida política):

“Los colonos pagaban la renta en Toro, los de Villachica. Recuerdo yo que mi padre tenía, que venía de su abuelo, unas treinta fanegas de tierra y se pagaban en Toro lo menos 700 u 800 pesetas. [...] Se pagaba en trigo y se pagaba en dinero” 70 .

 

“Las que traía mi padre, después las traje yo, eran del Obispado de Zamora. Había aquí tres o cuatro propietarios, como un tal Don Jacinto Morillo, que lo llamaban “el Trapa”, era de Castronuevo y tenía aquí pues, debía tener sobre 400 fanegas y las tenían entre 10 ó 12 ó 20. [...] Después había otra heredad que la llamaban Las Palmeras” 71 .

 

“[...] Mi padre se dedicaba a la agricultura, era colono. Teníamos terreno suficiente para trabajar nosotros. La propietaria era Doña Victoriana Villachica, en la Dehesa San Andrés.[...] Pagábamos de renta en especie, pagábamos en cebada y pagábamos un costal de cebada por cada carga de tierra, me explico un costal de cebada pesaba sesenta y seis kgs. y una carga de tierra medía trece mil trescientos metros. En fanegas eran dos fanegas de cebada por cada cuatro fanegas. La renta era muy barata. Aquí la Villachica tenía más de medio término y nos tuvo mucha consideración. Porque además yo recuerdo, siendo niño, algún año catastrófico, de estos malos que vienen de vez en cuando y haber ido mi padre y «no puedo pagar la renta, que no he recogido nada». El administrador decía: «No te preocupes, que si no es éste, para otro año y si no, para otro». Don Paco se llamaba, y él nos cobraba la renta, nos daba el recibo y él nos despachaba en todo” 72 .

 

“Había muchas heredades. La mayoría del término. 

Había una de la Sra. Villachica, mi abuelo tenía tierras de esa señora. La Lapilla, unos señores marqueses de Sevilla tenían medio término, D. Alberto Alba, que era médico. Y muchas más, casi todo el término. Se pagaba en trigo y había otra finca, Montelarreina, todo eso eran encinas y se labraba mucho, casi todo el pueblo tenía tierras ahí y se pagaba poco. 

Cuatro fanegas la carga [...] Y tres pesetas de contribución. Los renteros pagaban una parte de la contribución rústica en el monte” 73 .

 

“La renta era poca, en Villaester, que había dos, uno de arriba y otro de abajo, que todavía hoy existen y el de arriba tenía muchas tierras a duro la fanega, que no sé a cuánto andaría la contribución, que andaría por ahí, pero como tenían muchas fanegas vivían de eso” 74 .

 

“Mi familia se dedicaba a la agricultura, mi padre tenía una pareja de mulas, tenía tierra de renta la mayoría y unas pocas en propiedad, pero pocas. Las tierras eran de los Berianes. El pueblo lo repartían en quiñones; eran de una de Barcelona. El quiñón tenía 25 cargas de tierra. Una carga eran cuatro fanegas. Todos los quiñones eran iguales. Estos quiñones, los de Carlos y lo de los Berianes, están entre Bustillo y Vezdemarbán y tenían una renta baja porque era muy antigua, venía de los abuelos y,…” 75 .

 

Otro ejemplo interesante de estas heredades se producía en Villalube, con la Dehesa El Lenguar, propiedad de la Fundación benéfico-docente González Allende con sede en Toro. La mayoría de familias de la localidad tenía un quiñón de dicha propiedad y la renta era en 1931 la misma que en 1913, a pesar de la galopante inflación que había sufrido España en los años de la I Guerra Mundial y posguerra. Pagaban 1.066 fanegas y 500 ptas. de utilidades por 714 has., 74 áreas y 71 centiáreas, es decir, 2.144,26 fanegas de tierra, lo que nos da como resultado una renta aproximada de media fanega de trigo por fanega de tierra, o también utilizando las medidas de la época, seis celemines, que era una renta bastante baja y que permitía obtener a los colonos unos beneficios considerables 76 .

En cuanto al pago de la renta, ya hemos mencionado que era generalmente en especie, pero además había que llevar ese trigo a la panera que indicase el arrendador, que sobre todo en el caso de grandes propietarios se hallaba en la ciudad donde residía (Zamora, Toro), con lo cual el transporte corría por cuenta del colono y esto no estaba reflejado económicamente en el contrato de ningún modo a favor del colono.

 

“No me acuerdo lo que pagábamos de renta. Si me acuerdo que iba con mi padre a llevar la renta a Zamora y otra que se llamaba Doña Esperanza Román y había aquí 5 ó 6 colonos que llevaban el trigo a Zamora. No recuerdo yo lo que les cobrarían. Sé que mi padre llevaba diez u once costales de trigo en el carro, lo entregabas allí en la panera que tuvieras asignada, pero no recuerdo yo lo que daban por fanega” 77 .

 

En cambio, si los que arrendaban las tierras eran labradores de la localidad las condiciones de contrato empeoraban notoriamente, así como si se realizaban subarrendamientos, aunque muchas veces estuviese prohibido por los contratos, y ambas situaciones provocaban una explotación aún mayor de los colonos más débiles, pues se les incrementaba el precio de modo abusivo, les arrendaban las peores tierras y las que estaban más alejadas de la localidad:

 

“No sé si habría más, las de uno de Algodre, Lebrero, D. Cabor Lebrero, que era ingeniero agrónomo de Zamora, de la Diputación. Un tal Falcón de Toro, que traía todo el Árbol y el Sr. Silverio. Y se acabaron ya los de fuera me parece. Eso lo tenían los ricos y a los pobres las que ellos no querían, porque tenían muchos cantos las labraban con una pareja de burros el resto de la gente que ya no rendía en casa de los amos y se tenían que ir para casa y algo tenían que hacer.

 

Los que tenían mucho y no andaban bien para labrarlas las arrendaban pues a alguno que habían tenido en casa. Los colonos y labradores fuertes a su vez las arrendaban a otros” 78 .

 

“Nosotros le teníamos unas tierras, porque propiedad teníamos poquísima, éramos además familia numerosa y nos cobraba, que decía yo a mi padre: «por ese montón tan grande a pagar a los dueños y nos queda a nosotros ese poquico así, ¡con lo que hemos trabajado!»; y me rebelaba yo un poco, la verdad. Y me acuerdo que le dijo mi padre: «A ver si me rebaja la renta, porque apenas me queda nada». «¡Ay, no, ni hablar!»” 79 .

 

En Castronuevo de los Arcos había dos heredades, el Monte y la Dehesa de las Vegas, que eran arrendadas por un labrador acomodado, que a su vez las subarrendaba a otros colonos. El resultado era un precio de la renta de dos fanegas de capacidad (43,50 Kgs. de trigo cada fanega) por una fanega cultivada. Esta circunstancia distorsionaba los precios, pues de otro modo habría sido más barata (de hecho hasta 1924 lo era) y producía una verdadera hecatombe ecológica. El subarrendador, Agustín García Toranzo (el quinto mayor contribuyente del término), intenta aprovechar al máximo la situación: recibía dos fanegas por fanega, aprovechaba los pastos, había arrancado 4.000 encinas para subarrendar más terreno y el contrato era oral. En cuanto a los colonos eran de todo tipo, los había muy débiles y otros de un nivel de vida aceptable e incluso labradores medios de la localidad, pero todos intentaban sacar el máximo provecho posible de la tierra 80 .

 

“Eran a renta, colono del monte, de los Toranzo y de Carlos Pinilla, que luego las vendió a los colonos” 81 .

 

“[…] En colonia se traía de la Dehesa del Monte, cada uno teníamos lo que le parecía, bien los que labraban con una pareja o con dos, nosotros teníamos una de mulas y una de bueyes y después, había una yegua, que nos paría todos los años. Los propietarios eran…; el monte entre Castronuevo y Cañizo eran de unos condes, después pasaron a unos de aquí, y siguieron en arrendamiento. Por el lado de Belver había otra dehesa, que era de otra condesa, que cuando la cosa iba mal se la quitaba al pueblo y la labraba directamente” 82 .

 

El resumen de toda esta situación nos la expresan muy acertadamente estos dos testimonios, el primero de Gallegos del Pan y el segundo de Pinilla de Toro:

“Trabajábamos la agricultura, la mayoría de las tierras a renta, unas treinta fanegas y el resto en propiedad, unas dieciocho fanegas. Dos hojas de 24 fanegas. La renta que se pagaba era una fanega [43,50 kgs.] por cada fanega de tierra. El barbecho no pagaba renta. La mayoría de los contratos eran verbales. Los terratenientes eran de Zamora; los más pudientes subarrendaban a los labradores más pequeños, arrendaban lo peor” 83 .

 

“Antes había muchas heredades. Había una heredad de Zamora, otra de Villachica, otra de San Babilés, otra había,... de Villagarcía. Cuatro heredades había, que tenían bastante terreno, pero como no vivían aquí, las tenían arrendadas a los del pueblo y las labraban los del pueblo pagando cierta cantidad. Me acuerdo de ir a Villachica a pagarle. No me acuerdo, se pagaba muy poca renta,... si es que entonces valía todo muy poco y claro,... pues la renta por hectárea pues eso poco. Ahora arrendabas aquí a alguno y te llevaba seis o siete fanegas por hectárea. Ahora las heredades, esas cobraban menos. Ahora, por ejemplo, alguno dejaba de labrar lo de aquí y se iba a otro,... seis o siete fanegas de trigo por hectárea” 84 .

 

61 MALEFAKIS, E.: Op. cit., p. 51.

62 BALCELLS, A.: El problema agrario en Cataluña. La cuestión Rabassaire (1890-1936). Madrid, Ministerio de Agricultura, Secretaría General Técnica, 1980, p. 300.

63 Son ocho cajas de documentación. A partir de ahora lo citaremos como JERART.

64 AHPZA, JERART, 7/20 para Villalonso, 2/21 para Malva, 3/1 para Tagarabuena, 3/5 para Bustillo del Oro y 3/18 para Villavendimio. Una fanega de superficie equivale en Toro a 3.333 metros cuadrados, es decir, tres fanegas son lo mismo que una Hectárea (10.000 metros cuadrados). A su vez una fanega tiene doce celemines de superficie. Una carga de tierra son cuatro fanegas. En cuanto a fanega como medida de capacidad equivale a 36 Kgs. si es de cebada; y a 43,5 kgs. si es de trigo.

65 Entrevista con D.G.A. (Abezames).

66 En El Pego nos dice E.G.P.: “Se pagaba una fanega de trigo por una de tierra y las viñas también se pagaban con trigo, todo se pagaba con trigo”. En Toro, los colonos de Victoriana Villachica de Villabuena del Puente pagaban siete celemines por una fanega de tierra. Es la renta más baja que hemos encontrado, tanto en las fuentes orales como en la documentación. Vid AHPZA, JERART, 2/23 para Vezdemarbán, 7/1, 7/2, 7/3, 7/4, 7/5, 7/6 ó 7/7 para Belver de los Montes (donde existe todo tipo de rentas, desde media fanega por fanega de tierra a más de una fanega por fanega sembrada) y 4/10 para Villabuena del Puente (heredad de Portocarrero).

67 AHPZA, JERART, 6/15. Son tres juicios acumulados habiendo uno con una renta de 1 fanega y cuatro celemines por fanega de tierra cultivada, otros con dos fanegas por fanega de tierra y otro con una fanega y dos celemines.

68 Según la información facilitada por J.S., “cuando se pagaba la renta había que llevar el trigo a Villaester, a razón de media fanega de trigo por fanega de tierra, lo mismo en un sitio que en otro” (se refiere a Villaester de Abajo y a Villaester de Arriba).

69 AHPZA, JERART, 3/12. Al colono Benjamín Gallego Conejo le arriendan fincas en Villavendimio, Morales de Toro, Tagarabuena, Villardondiego y Villalonso a razón de dos fanegas de trigo por fanega de tierra arrendada.

70 Entrevista con L.G.G. (Aspariegos)

71 Entrevista con N.P. P. (Gallegos del Pan)

72 Entrevista con N.F. P. (Fresno de la Ribera)

73 Entrevistas con A.F. C. y V.R. (Matilla la Seca)

74 Entrevista con O.P. P. (Morales de Toro)

75 Entrevista con D.R.D. (Abezames)

76 AHPZA, JERART, 2/20. El número de colonos era de 64. El juez falló la absolución de la Fundación González Allende porque en este caso la renta no era abusiva.

77 Entrevista con N.P. P. (Gallegos del Pan)

78 Entrevista con N.P. P. (Gallegos del Pan)

79 Entrevista con B.L.T. (Morales de Toro)

80 AHPZA, JERART, 2/16.

81 Entrevista con I.C.

82 Entrevista con C.B.A.

83 Entrevista con F.M.A.

84 Entrevista con J.P.G.

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